Existe una creencia extendida de que en los estadios de fútbol está prohibido introducir comida del exterior para obligar al consumo en los bares del recinto. Sin embargo, la legislación española en materia deportiva y de defensa de los consumidores establece un marco muy claro sobre qué alimentos están permitidos y cuáles quedan prohibidos por motivos estrictos de seguridad.
1. Marco legal aplicable
La normativa reguladora se sustenta en:
- La Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte (artículo 4).
- El Real Decreto 203/2010, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia en espectáculos deportivos.
- Resoluciones vinculantes de las autoridades de Consumo, que reiteran que los clubes no pueden prohibir el acceso de alimentos del exterior si su actividad comercial principal es la exhibición del espectáculo deportivo y no la hostelería.
2. Alimentos permitidos
- Bocadillos y sándwiches: Está completamente permitido acceder con bocadillos, sándwiches, aperitivos y snacks (patatas fritas, frutos secos, barritas energéticas) destinados al consumo personal.
- Envoltorios flexibles: Los bocadillos deben estar envueltos en papel de aluminio, film plástico o bolsas de papel desechables.
- Fruta: Se permite fruta pelada o piezas pequeñas. Piezas enteras de gran dureza (como manzanas o naranjas de gran calibre) pueden quedar sujetas a criterio de los vigilantes si se consideran proyectiles potenciales en partidos de alto riesgo.
3. Envases y recipientes estrictamente prohibidos
Por motivos de seguridad física de los espectadores, deportistas y árbitros, queda terminantemente prohibido el acceso de los siguientes recipientes al interior del recinto:
- Latas de aluminio o conservas: Prohibidas sin excepción.
- Botellas de vidrio o cerámica: Prohibidas sin excepción.
- Fiambreras rígidas y táperes: Los recipientes de plástico duro, metal o cristal con cierre hermético no están autorizados.
- Termos y cantimploras metálicas: Prohibidos por su peso y consistencia rígida.
- Cubiertos metálicos: Cuchillos, tenedores de acero u objetos cortantes serán inmediatamente decomisados.
4. La normativa de las botellas de agua y los tapones
El tratamiento de las bebidas sin alcohol sigue una regla unificada en todos los recintos de LaLiga:
- Capacidad máxima: Solo se autorizan botellas de plástico flexible de una capacidad no superior a 500 mililitros (medio litro).
- Retirada del tapón: El personal de seguridad en los tornos de acceso exige sistemáticamente desenroscar y depositar el tapón de la botella en las papeleras habilitadas antes de franquear la entrada. Esta medida responde a que una botella cerrada con aire o líquido actúa como proyectil contundente si es lanzada, mientras que sin tapón se vacía en el aire perdiendo masa e impacto.
- Prohibición absoluta de bebidas alcohólicas: Ningún tipo de bebida con graduación alcohólica puede introducirse desde el exterior ni adquirirse en el interior del recinto (salvo cervezas con 0,0% de alcohol en las barras autorizadas del estadio).